Interventoría Promoción y Construcción de Proyectos – IPC

Entendemos la interventoría de obras civiles como una tarea para llevar a cabo el control y vigilancia de un proyecto en específico para que su desarrollo sea más eficiente en el uso de recursos como lo son los materiales, equipo, herramienta y el recurso humano como un factor primordial. 

El desarrollo de la interventoría tiene en general varias funciones básicas entre otras: técnicas, gerenciales, administrativas, sociales, ambientales, financieras, jurídicas y de seguridad y salud en el trabajo, entre otros aspectos y que estarán definidas en el alcance del contrato y deberán estar enfocadas en las necesidades del cliente, todo dentro de un componente ético, teniendo en cuenta el rol de cada uno de las partes. 

La interventoría se puede dar tanto con empresas privadas y con entidades del Estado o públicas. 

El control por parte de la interventoría durante la ejecución de la obra, dependerá del objeto mismo del proyecto. Así mismo, la intención por la que una entidad pública o una empresa privada contrata la interventoría de una obra podrá ser diferente en cada caso con algunos puntos en común. 

En Colombia no existe una norma que defina la actividad de interventoría en sus distintos ámbitos, como tampoco hay una entidad que establezca lo que se espera de esta labor, más bien las expectativas sobre su función las define el cliente y dependen de múltiples factores, entre los cuales resulta fundamental la naturaleza del contratante. Tampoco existe en el país un referente normativo que defina la diferencia entre la interventoría para obras con entidades públicas y con las empresas privadas. 

Existen entonces algunas diferencias y semejanzas de la interventoría de obra para el sector público y el privado, entendiendo para qué sirve y cuál es el rol del interventor en cada caso. 

Interventoría de obra en el sector privado: 

La interventoría de obras privadas responde a la necesidad de acompañar el desarrollo de un proyecto necesario para la necesidad de la actividad económica o el servicio que presta la empresa interesada o dueño del proyecto. Aunque la obra a ejecutar posiblemente estará relacionada con la actividad de la empresa o dueño del proyecto, no significa que ésta tenga experiencia o experticia en construirla o ejecutarla. 

Entonces, el dueño normalmente buscará un profesional o empresa experta en la función de interventoría para acompañar la ejecución del proyecto y cuidar sus intereses, de forma que la empresa contratante dedique sus recursos a poder desarrollar de manera más eficiencia las actividades propias de su negocio.

En este caso el interventor se convierte en un aliado estratégico, que ofrece su experticia, capacidades y experiencia en el acompañamiento en el desarrollo del proyecto. El servicio del interventor puede estar en todas o en algunas etapas de la obra. Asociado al componente financiero, la mayoría de las veces la interventoría tiene este enfoque en los proyectos privados, pues se exige por parte de la entidad bancaria y/o fiducia la revisión y vobo para los pagos y/o desembolsos, dependiendo del tipo de negocio realizado. Normalmente esa autorización para los desembolso están supeditados al control del avance físico del proyecto, utilizando herramientas específicas para el control del mismo. Es muy importante que el control del avance del proyecto sea estricto y que cualquier desviación en los plazos de los tiempos sea tenida en cuenta y expuesta para las partes, pues normalmente los plazos de entrega van asociados a compromisos del cliente con terceros, lo que puede generar dificultades en las objetivos por cumplir. 

El control del mismo para el privado ejercido por un tercero normalmente no se maneja, a no ser que se tenga la exigencia y condición anteriormente mencionada. Normalmente el contratista o ejecutor del proyecto en algunas ocasiones maneja al interior de su empresa este control. 

En el sector privado normalmente la interventoría está en cabeza de un profesional quien cumple con esta función y dependiendo del alcance del proyecto se considera si se incluirán otras personas y/o profesionales de apoyo en las áreas que así lo requieran. 

Dentro de las principales actividades que se asignan usualmente a la interventoría en un proyecto privado, se resaltan las siguientes: 

– Monitoreo técnico de la ejecución del proyecto, de manera muy general, dando cumplimiento al alcance, plazo y presupuesto establecido (cuando aplica). Normalmente esta interventoría está en cabeza de una sola persona, por lo que alcance no puede ser muy amplio, además de que no existen recursos físicos y/o logísticos complementarios para ejercer dicha labor. 

– Control de los costos de acuerdo con el presupuesto (cuando aplica), dependiendo del tipo de modelo de negocio.

 – Control de avance físico del proyecto de acuerdo al cronograma de actividades, exigido y asociados cuanto existe fiducia dentro del contrato. 

 – Algunos aspectos administrativos, como el control del personal, desarrollo de los subcontratos de mayor cuantía y la responsabilidad en las actividades. Enfocado básicamente a las responsabilidades solidarias definidas en las garantías del contrato y que se presentan de acuerdo al alcance del mismo. 

– Teniendo en cuentan a las normas técnicas aplicables al proyecto, es normal que cada organización tenga sus propios estándares, especificaciones, manuales y regulaciones, asociadas a sus procesos y en el caso que nos interesa a la vigilancia y control de sus proyectos asociados a la construcción de obras civiles. La práctica común es que el cliente defina los criterios necesarios para dicha gestión actividades, sin embargo usualmente la interventoría ejercida es enriquecida por la experiencia y experticia del interventor con el objeto de cumplir las expectativas de cada uno de los proyectos.

En el sector privado finalmente la figura está asociado a una prestación de servicios. 

Interventoría de obra en entidades estatales 

En la interventoría de obras públicas hay un elemento diferenciador respecto a la interventoría privada, este consiste en que el origen de los recursos para financiar el proyecto son de carácter público, esto supone un cuidado estricto bajo criterios de contratación pública, respecto de la eficiencia en el uso de los recursos y de su efectiva destinación e inversión en el objeto contractual. 

Por lo general, el objeto de la contratación pública está definida como una consultoría. Existen normas del orden nacional que regulan esta actividad, las cuales establecen las facultades y responsabilidades del interventor de obras públicas. 

En relación con las obras públicas, las normas colombianas han asignado a la función de interventoría una serie de requisitos, enfocados en evitar básicamente la corrupción durante el desarrollo de los proyectos u obras. 

Podemos mencionar algunas leyes, así: 

– Ley 80 de 1993: “Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”. Tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales. 

– La Ley 1474 de 2011: “Estatuto anticorrupción”. Establece que todas las entidades públicas tienen la obligación de vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto del contrato y que esa obligación se debe hacer a través de un supervisor o un interventor, encargado básicamente de prevenir y contrarrestar la corrupción en la contratación pública. 

– Ley 435 de 1998 de febrero 10: Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se crea el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se dicta el Código de Ética Profesional, se establece el Régimen Disciplinario para estas profesiones, se reestructura el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura en Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus profesiones auxiliares y otras disposiciones. 

– Ley 842 de 2003 de octubre 9: Por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se adopta el Código de Ética Profesional y se dictan otras disposiciones. 

En términos generales se espera que dentro del rol de la interventoría se ejerza un seguimiento administrativo, técnico, financiero, jurídico, social, ambiental, seguridad y salud en el trabajo dentro de la ejecución del proyecto. Normalmente se tiene un grupo interdisciplinario en cabeza de un director y/o coordinador de interventoría para poder apoyar la gestión correspondiente en cada área.

Dado que durante la ejecución del contrato se pueden presentar aspectos no previstos en el mismo, se debe tener en cuenta que cualquier cambio en el precio, plazo, alcance o en las condiciones de la obra contratada, esto significa una modificación del contrato. En estas circunstancias es muy importante la experticia del interventor para valorar la justificación de los cambios solicitados o incorporados por las partes. Lo anterior asociado a la aprobación de la obra extra, control de mayores y menores cantidades de obra ejecutada, obra adicional, lo que repercutirá en la revisión para el apoyo a la entidad contratante en el trámite de las ampliaciones de plazo y adiciones presupuestales. En conclusión, existen algunas semejanzas y diferencias entre la interventoría de obra pública y privada. En ambas siempre se debería contar con la interventoría como un aliado para verificar la correcta ejecución de un proyecto. 

Elaborado por: 

Andrés Posada Sierra Ing. Civil

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